Información para los actos de compraventa de vivienda en Cuba

A partir de la experiencia en la aplicación de los impuestos sobre transmisión de Bienes y Herencias y sobre los Ingresos Personales, asociados a los actos de transmisión de la propiedad de las viviendas entre personas naturales por compraventa y donaciones, y a los fines de poder lograr una mayor correspondencia con los valores reales de transmisión de las viviendas, contrarrestar conductas evasoras y fortalecer los mecanismos de control tributario, resulta necesario modificar de la Ley-113-Sistema-Triburario, los artículos 44 y 203, en lo relativo a las bases imponibles.
Igualmente, se requiere modificar el artículo 211 de la mencionada Ley, a los efectos de establecer con carácter general, para la aplicación del Impuesto sobre Transmisión de Bienes y Herencias, que los actos gravados realizados en el territorio nacional se expresan en pesos cubanos (CUP); así como la forma de valuar en esa moneda aquellos que estén
expresados en moneda extranjera.
POR TANTO:
El Consejo de Estado en ejercicio de la atribución que le está conferida en el inciso c), del artículo 90 de la Constitución de la República, acuerda dictar el siguiente:
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA: Se faculta al Ministro de Finanzas y Precios para establecer los valores referenciales a aplicar para el cálculo de los impuestos sobre la trasmisión de la vivienda, según corresponda; a tales efectos revisa sus bases de cálculo cada vez que las condiciones lo requieran, e indica la publicación de las actualizaciones en la Gaceta Oficial de la República.
SEGUNDA: El Ministro de Justicia emite los procedimientos que en el ámbito de su competencia se requieran y crea las condiciones para garantizar el cumplimiento de lo que por este Decreto Ley se dispone.
TERCERA: El presente Decreto Ley entra en vigor a los 30 días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República. DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 14 días del mes de diciembre de 2016.
Descargar información completa: Ley Extraordinaria
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